“Oficinas Registrales. -Oficina registral Lima: Av. Edgardo Rebagliati 561, Jesús Maria - Lima. -Registro de propiedad vehicular: Jr. Huascar 1584 (Altura Cdra. 12 Av. Mariategui, Jesus Maria. -Oficina registral Callao: Av. Saenz Peña 1329, Callao. -Oficina registral Miraflores: Av. Petit Thouars 4432. Telf.: 4227961. -Oficina registral San Isidro: Av. Javier Prado Oeste 305. Telf.: 4213812. -Oficina registral Santiago de Surco: Av. Benavides 3751 - 3757. Telf.: 2721188. -Oficina registral San Miguel: Av. La Marina 2941. Telf.: 5780156. -Oficina registral Villa El Salvador: Mz. P Lt. 17, Grupo 4, 6to Sector - Pastor Sevilla. Telf.: 2879512. -Oficina registral Barranca: Calle Primavera 200 - Barranca. Telf.: 2352830. -Oficina registral Cañete: Jr. Grau 483 - San Vicente de Cañete. Telf.: 5811548. -Oficina registral Huaco: Calle Las Cucardas 267 - Urb. Residencial Huaral. Telf.: 2461511. Oficinas Zonales. -Cercado de Lima: Jr. Washington 1537. Telf.: 4332916. -Comas: Av. San Felipe 641. Telf.: 5513791. -La Molina: Av. Flora Tristán 577. Telf.: 3494745. -Los Olivos: Av. Alfredo Mendiola 5297. Telf.: 5225652. -Lurin: Urb. Las Virreynas - Mz. C Lt. 7-A. Telf.: 4303887. -San Juan de Lurigancho: Calle Los Quipus 225. Telf.: 3762591. -San Juan de Miraflores: Av. Billinghrust 1129. Telf.: 4661652. -San Luis: Av. Del Aire 1308. Telf.: 3462384.”
“La Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera y encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las instituciones administradoras de fondos de aseguramiento en salud así como supervisar a las instituciones prestadoras de servicios de salud en el ámbito de su competencia. Asimismo, es la encargada de registrar, autorizar, regular y supervisar el funcionamiento de las entidades pre-pagadas de salud y de todas las entidades públicas, privadas o mixtas que ofrezcan servicios en la modalidad de pago regular o anticipado. También supervisa que el valor de las prestaciones y contraprestaciones interinstitucionales por el intercambio de los servicios proteja los intereses de los asegurados. Para ejercer sus funciones la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud goza de facultades sancionadoras.”