Todo litigio, controversia, desavenencia o reclamación resultante, relacionada o derivada de este acto jurídico o que guarde relación con él, incluidas las relativas a su validez, eficacia o terminación, incluso las del convenio arbitral, serán resueltas mediante arbitraje, cuyo laudo será definitivo e inapelable, de conformidad con los reglamentos y el inapelable de conformidad con los reglamentos y el Estatuto del Centro de Arbitraje Nacional e Internacional de APECC a cuyas normas, administración y decisión se someten en las partes de forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad.
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